Son muchísimas las parejas que una vez iniciada su relación deciden adquirir una vivienda en propiedad y financiar la compra con un préstamo hipotecario a pagar en muchos años, tantos como ambos piensan que va a durar su amor.
Pero el amor se termina, llega el divorcio o la ruptura de la pareja y surge entonces el problema de la vivienda, y, sobre todo, del préstamo hipotecario.
En lo referente a la vivienda ya hemos comentado en otros artículos que una cosa es el uso de la vivienda y otra la propiedad de la misma; que como consecuencia del divorcio o de la ruptura, sobre todo si hay menores por medio, el juzgado puede atribuir el uso a uno u otro con independencia de las decisiones que se adopten respecto a la propiedad; y que ambos pueden acordar que la vivienda se la quede uno compensando al otro en metálico (Véanse los artículos "Divorcio y adjudicación de la vivienda en propiedad a un cónyuge" y "Divorcio y atribución del uso de la vivienda familiar"). En próximos artículos veremos qué sucede si los dos quieren quedarse la vivienda y no hay acuerdo.
Quiero detenerme hoy en un punto muy concreto, que muchas veces queda atrás y luego viene a dar problemas y es qué pasa con el préstamo hipotecario.
En muchas ocasiones, sea por la prisa en tramitar un divorcio de mutuo acuerdo para no volver a verse las caras, sea debido a un mal asesoramiento, sea por un exceso de confianza, lo cierto es que se deja pendiente la efectiva modificación del préstamo hipotecario para liberar de toda responsabilidad a quien no se ha quedado la vivienda. Todo se despacha con una sencilla mención a que "Don/Doña xxxx se obliga a modificar el préstamo para liberar de toda responsabilidad a...". A veces ni siquiera se hace dicha mención. Y confiamos en que lo hará. Pero andando el tiempo nos llevamos la desagradable sorpresa de que esa persona que nos había prometido que "nos iba a sacar del préstamo" no lo ha hecho, que seguimos siendo deudores, que por ello nuestro perfil de riesgo ante las entidades bancarias es superior al real y nos cierra las puertas de la financiación, o, lo que es peor, que las cuotas del préstamo no se están pagando y como consecuencia nos han incluido en los registros de morosos del tipo ASNEF o EQUIFAX y el banco nos reclama el pago. Y la pesadilla que vivimos con el divorcio se reactiva.
¿Qué se puede hacer?
Lo primero que hay que dejar claro es que de nada sirve informar al banco de que la vivienda se la quedó nuestra pareja y que se obligó a sacarnos del préstamo. Al banco le da exactamente igual quién sea su propietario. Lo que le importa es quién aparece como responsable del pago del préstamo que concedió en su día. Y si seguimos apareciendo en él, contra nosotros vendrá. Tampoco lograremos que nos saquen de los ficheros de morosos con ese argumento.
¿Se puede obligar a la otra parte a que modifique el préstamo hipotecario y nos saque de él de una vez?
No. La modificación de la hipoteca no depende por completo de nuestra ex pareja. Se necesita el consentimiento del Banco, que no tiene por qué "acatar" nuestro acuerdo. Perfectamente puede negarse si no se cumplen las condiciones que decida imponer.
A nuestra ex pareja podemos exigirle que lleve a cabo diligentemente todas las actuaciones necesarias para lograr la modificación del préstamo, pero si no lo logra, ningún juzgado va a condenarle ni a él ni mucho menos al banco por no conseguirlo. El préstamo no se modifica si el banco no quiere.
Consejo práctico
Así pues el mejor consejo práctico es no firmar ningún acuerdo sobre la propiedad de la vivienda o sobre lo que nuestra pareja tenga interés y nos pueda servir para negociar durante el divorcio o la ruptura), mientras no nos acredite que efectivamente ha llevado a cabo la modificación del préstamo hipotecario para sacarnos de él.