Buenos dias tengo una vivienda en propiedad alquilada desde mayo del 2006 a una empresa ( para que la habiten trabajadores de la misma) . Según contrato el pago se debe realizar el dia 10 de cada mes no habiendo sido satisfecho ningún mes en dicha fecha ( al menos 10 dias de retraso). Cual es la sorpresa al ver que este mes unicamente han ingresado los suministros y al llamar al responsable me comunica que se van un mes antes de cumplir el año ( periodo por contrato) y que por tanto van quitando de la fianza el alquiler(cosa ilegal). La cuestión es que al final se quedan hasta cumplir el año pero sin pagar debidamente ( la fianza esta para otros menesteres como arreglar los desperfectos, que los hay). Enviaré el requerimiento de pago esta semana pero desearia saber si al poner la denuncia debo hacerlo en Fuenlabrada ( lugar en el que se encuentra el piso) y si es necesario realizarlo a traves de abogado o puedo ponerla yo misma.
La demanda ha de interponerla en el juzgado del municipio donde radique la vivienda. Debe ser representada por Procurador y asistida por Letrado. No es aplicable a este tipo de reclamaciones el denominado proceso monitorio para el cual no hace falta ni procurador ni abogado.
Efectivamente tiene Vd. todo el derecho a reclamar la renta del último mes pues no se puede compensar con la fianza, la cual únicamente se puede destinar a indemnizar desperfectos y reparaciones necesarias.