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nana5j
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Fresh Boarder
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cese contrato por enfermedad - 2008/08/16 06:18 Hola. Tenemos un piso alquilado desde el 1 de diciembre, en principio es prorrogable a 5 años y es lo que teniamos pensado. Mi pareja ha tenido linfoma de hodgking dos veces. Hace unos meses le volvió a salir el cáncer, tiene que recibir quimioterapia y le tienen que hacer un transplante de otra persona, para eso estará ingresado en el hospital Sant pau (barcelona) como mínimo un mes y luego deberá estar unos meses en observación porque tiene riesgo de rechazo. Hemos decidido que lo que nos iria bien es buscar un piso de alquiler cerca del hospital. Vivimos en Badalona, en el contrato hay una clausula que dice que el propietario puede pedirnos los meses que fatan hasta acabar el contrato. Me gustaria saber si puedo evitar eso de alguna manera ya que no nos vamos del piso porque queramos sino por causas mayores, de salud que no nos habria gustado nada que aparecieran, sin duda. Hemos hablado con el propietario informandole del tema, posiblemente a mi pareja le harian el transplante a mediados de septiembre y le hemos dicho que pagariamos todo el mes de septiembre por los problemas que le hemos podido ocasionar. Nos ha dicho que ya nos dirá algo. Además de eso, hace más de 4 meses que le pedimos al propietario que nos arreglara un armario que tenemos en mal estado, que nos mirara la calefaccion y que nos diera los manuales de los electrodomesticos que tenemos en el piso porque no estaban al llegar. Le dejamos el piso en mejores condiciones que lo encontramos. Podemos evitar de alguna manera pagar los meses?
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Abogado
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Platinum Boarder
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Re:cese contrato por enfermedad - 2008/08/19 06:33 En principio si el contrato se ha firmado por un plazo de UN AÑO, el
propietario podría exigirles las rentas hasta el cumplimiento de una
anualidad de vigencia del contrato, es decir, hasta noviembre,
incluido, siempre y cuando con al menos 30 días de antelación a dicha
fecha le comuniquen que no desean prorrogarlo un año más.

Puede descargar el modelo de comunicación de nuestra sección de
formularios sobre vivienda en alquiler, apartado "Requerimientos y
Comunicaciones".

Si el propietario vuelve a arrendar la vivienda antes del mes de
noviembre a un tercero tampoco les podrá exigir dichas rentas, pues
constituyen la indemnización por NO ALQUILARLO durante el plazo
previsto.

Pero atendidas las circunstancias nuestro consejo es que, además de
enviar por Burofax certificado y con acuse de recibo el requerimiento
citado, esperen a ver cuál es la respuesta del propietario.

Atentamente y deseandoles suerte,
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