Gastalver
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Re:cambio hipoteca y titularidad - 2010/02/18 17:19
No se debe confundir a quien recibe el préstamo (prestario) con quien garantiza su devolución mediante una hipoteca sobre un bien inmueble de su titularidad. No tienen por qué coincidir en una misma persona.
En su caso, pueden pedir el préstamo ambos. Ello no modifica en absoluto la titularidad de los bienes que se aporten en garantía de su devolución, los cuales seguirán siendo de su pareja.
Si lo que desea es la transmisión de la mitad de la propiedad de dichos bienes ha de realizar algún negocio jurídico apto para dicha finalidad, bien sea a título gratuito (donación) u oneroso (compraventa).
Miguel Gastalver Trujillo Abogado especialista en Vivienda Bufete en Sevilla · Desde 1976 Tlf.954275121 / Fax 954275131 Gastalver Abogados |