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Mi consulta es: hemos comprado una vivienda que se supone nos entregan para marzo,el otro dia entramos en la obra y descubrimos que hay un hueco en el salon de un metro cuando en el plano no aparece nada,sin embargo,medimos el salon y el baño que van colindantes y encajan con las medidas del plano,algo muy desconcertante.Se lo decimos al que nos lo vendió y dice que nos hagamos ahi un armarito! luego una puerta de abajo nos la han tirado y corrido 97 ctms,se supone porque hay una bajante y dice que la puerta no cerraria¿?luego el suelo de la terraza es del mismo gres que el de la casa cuando en el plano aparece otro tipo de suelo y nos dice que es antideslizante( tiene contestacion para todo este hombre) la memoria de calidades es muy general y no especifica esto,por ejemplo.¿Es normal estos cambios? puedo quejarme legalmente? la verdad que ya no sé que hacer!
En primer lugar, habría que leer con detenimiento el contrato y cualquier documento relativo a la compraventa, incluyendo la publicidad que se hiciera en su día y a partir de la cual tomara Vd. conocimiento de esa promoción de viviendas y decidiera adquirir un piso. El vendedor tiene la obligación de entregar exactamente aquello que ofreció y que quedó concretado precisamente en dicha documentación. Ahora bien, es costumbre en el sector incluir una cláusula en la que expresamente se autorizan los cambios que vengan impuestos por razones técnicas o por la autoridad urbanística. Al amparo de una cláusula de dicho tipo quedarían autorizados los cambios que refiere respecto al hueco en el salón y el desplazamiento de la posición de la puerta. Pero el vendedor tiene la obligación de justificarle la causa de dichos cambios. En lo que se refiere al suelo, poco se puede hacer si ni en el contrato ni en la memoria de calidades ni en la publicidad se concretó con más o menos precisión de qué tipo sería cada uno. Vd. debió haber pedido que se lo concretaran antes de firmar el contrato. O en el peor de los casos, recién firmado el contrato. Así pues, en general, le podemos decir que son relativamente frecuentes los pequeños cambios en la obra respecto al plano, que la mayoría de las veces vienen justificados por razones técnicas imprevistas o modificaciones del proyecto impuestas por la autoridad urbanística, pero que en todo caso deben ser justificadas por el vendedor. Si no se le justifican debidamente y resultan ser decisiones unilaterales del vendedor, Vd. puede exigir que se le entregue exactamente lo que compró sobre plano, además de una indemnización por los daños y perjuicios que ello le pueda haber causado (por ejemplo un retraso en la entrega) o bien puede incluso, si los cambios son de cierta entidad, resolver el contrato y pedir que le devuelvan el dinero más una indemnizacón. En su caso, sólo cabría la primera posibilidad pues los cambios no son grandes. Le recomendamos que por un medio fehaciente envíe una carta al vendedor -o que la entregue en mano y le firme una copia como que la ha recibido- en la que le exija una explicación de las razones por las que no ha ejecutado la obra de conformidad con lo pactado, para valorar si los cambios constituyen un incumplimiento del contrato firmado o no, pues salvo que las causas de los cambios estén amparadas por alguna disposición legal o cláusula contractual, Vd. desea que se le entregue exactamente lo que Vd. firmó. Respecto al suelo, insistimos en que si no viene definido en ningún documento, ni siquiera en la publidad, la única obligación del vendedor es entregar un suelo normal, del tipo que habitualmente lleven casas como la suya.
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