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Nuevas Medidas del Gobierno. Dacion en pago
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La Vivienda en Propiedad

La dación en pago de la vivienda para saldar el préstamo hipotecario.

El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos 


ImageEl Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos   ha venido, según dice, a paliar uno de los efectos más dramáticos de la crisis, los desahucios por impago del préstamo hipotecario. Miles de familias han tenido que dejar su vivienda por no poder pagar las cuotas del préstamo. Muchas otras se encuentran actualmente inmersas en un procedimiento ejecutivo que terminará en subasta y adjudicación de la vivienda al banco. Si ese es su caso, ¿puede Vd. beneficiarse de estas nuevas medidas? Veamos para empezar cuáles son estas medidas y luego qué requisitos debe vd. cumplir para poder beneficiarse de ellas.

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Deducción por inversión en vivienda habitual en IRPF 2011
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La Vivienda en Propiedad
AEAT Deduccion vivienda habitual IRPF 2011
Deducción Vivienda en IRPF 2011

Deducción por inversión en vivienda habitual en IRPF 2011

Entre las medidas urgentes adoptadas por el gobierno para corregir el déficit público nos encontramos con una modificación del régimen de la deducción por inversión en vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con efecto desde el 1 de enero de 2011.

La norma en la que se encuentran recogidas las nuevas medidas es el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en material presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, publicada en el BOE de 31 de diciembre .

Supresión del límite de cuantía de base imponible

Ya no es requisito para practicar esta deducción que la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.107,20 €.  Cualquier contribuyente, sea cual sea su base imponible, tiene derecho a practicarla.

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Agilización del desahucio por falta de pago
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La Vivienda en Alquiler

Medidas de agilización del desahucio. ¿Ha llegado por fín el desahucio express?

Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal
Nuevas medidas para reactivar el mercado del alquiler

La “Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal”, publicada en el BOE número 245 de fecha 11/10/2011 y que entra en vigor el día 31 de octubre de 2011, entre otras medidas vuelve a dar una nueva vuelta de tuerca en el difícil empeño de agilizar los procedimientos de desahucio por falta de pago. Se trata de brindar a los arrendadores una tutela judicial más efectiva que la actual.

¿Estamos por fín ante el auténtico desahucio express?

Vamos a tratar de explicar de forma sencilla y comprensible en qué beneficia esta nueva reforma a los arrendadores, lo cual exige una breve explicación jurídica.

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Aval o Seguro en la Compraventa en construcción
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La Vivienda en Propiedad

Compra de vivienda en construcción.

Exija el Seguro o Aval de devolución de los anticipos.

Si es Vd. una de las muchas personas que ha decidido adquirir una vivienda sobre plano para así beneficiarse de un precio final algo más económico y en el contrato se le obliga a realizar anticipos a cuenta del precio antes de recibir su vivienda, sepa que el vendedor está obligado a garantizarle la devolución de dichos anticipos, incrementados en el interés legal del dinero, para el caso de que la construcción no se inicie o no llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido. Así lo dispone la Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas , la cual establece que es un derecho irrenunciable del comprador.

¿Y que significa exactamente garantizar? Pues garantizar significa que el vendedor tiene que entregarle un aval bancario o una póliza de seguros mediante los cuales se acuerde que si el vendedor incumple su obligación de devolverle el dinero por no haber construido o terminado la vivienda en el plazo pactado será la entidad bancaria o la compañía de seguros quien estará obligado a hacerlo. Sólo de esta forma puede Vd. estar tranquilo. En los tiempos que corren, realizar anticipos a cuenta de una vivienda en construcción sin tener afianzada la devolución de dichos anticipos para el caso de que la vivienda no se construya o lo haga con retraso es un riesgo muy alto pues muchas las obras que se están quedando sin iniciar, a medio ejecutar o sin terminar.

Son muchos los casos, dramáticos, de personas que con toda su ilusión se embarcaron con todos sus ahorros en la compra de una vivienda sobre plano que hoy en día se han quedado como consecuencia de la crisis y de la paralización de las obras sin vivienda y sin el dinero que anticiparon porque el promotor no les entregó el aval bancario o póliza de seguros citado. De haber existido, la mayoría de los casos habrían terminado felizmente.

Le damos algunos consejos en relación con el aval o el seguro, para evitar problemas.

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Desahucio por retraso en el pago de la renta de alquiler
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La Vivienda en Alquiler

Desahucio por retraso en el pago de la renta de alquiler

El mero retraso en el pago de la renta de alquiler puede ser motivo de desahucio
¿No le pagan puntualmente la renta?
Salvo que el contrato de arrendamiento de vivienda firmado entre las partes se haya dispuesto otra cosa, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la renta de alquiler deberá ser pagada por el arrendatario por adelantado en los siete primeros días de cada mes. Y es habitual que en el contrato, preparado por el arrendador, se reduzca el plazo a los cinco primeros días de cada mes.
 
Pero esta obligación no siempre se cumple. Más bien al contrario. Es frecuente que a pesar de dicha estipulación, el arrendatario pague a mediados de mes, o incluso más tarde, en la creencia de que como al fin y al cabo está pagando la renta, da lo mismo que la pague antes o después.  ¿Es realmente así?

 

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Impago del préstamo y ejecución de la hipoteca
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La Vivienda en Propiedad

¿Qué pasa si dejo de pagar la hipoteca de mi casa?

Impago de préstamo hipotecario

En tiempos de inseguridad económica son muchas las personas preocupadas por lo que pasa al dejar de pagar el recibo mensual del préstamo hipotecario con el que financiaron la compra de su vivienda.  Si ese es su caso, este artículo le ayudará a comprender qué es un préstamo hipotecario, en qué consiste el proceso de ejecución hipotecaria, cuánto dura, qué posibilidades existen de paralizarlo, cuándo tiene que abandonar su vivienda, qué pasa después con la deuda hipotecaria y en definitiva, lo que sucede al dejar de pagar el recibo mensual del préstamo hipotecario. Además le ofreceremos diversos consejos para afrontar la ejecución hipotecaria de la mejor manera posible.

 

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