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Compramos nuestra vivienda en propiedad hace dos años. Este otoño han empezado a aparecer hongos en el sótano por unas zonas que están humedas. Se nos ha estropeado ropa que teníamos almacenada, algún mueble y revistas. ¿Podemos reclamarle algo a quien nos vendió la casa? 

La humedad es el defecto constructivo número uno.  Por desgracia, es frecuentísimo. En viviendas nuevas no tiene por qué manifestarse desde el primer momento, pues depende de la estación del año y de la intensidad de las lluvias.

Tendría que comprobar si han transcurrido tres años o menos desde el certificado final de obra de su vivienda, pues ese es el plazo de garantía que establece la ley de ordenación de la edificación para este tipo de problemas que afectan a la habitabilidad. Si es así, no sólo podrá reclamar una indemnización a quien le vendió la casa -cosa que siempre podrá hacer pues en este caso el plazo de quince años- sino que además podrá reclamar una indemnización por el defecto constructivo que propicia las humedades a aquellos de quienes intervinieron en la obra y tuvieron parte de la culpa, como el director de obra, el director de ejecución, el jefe de obra, la constructora y a cualquier otro que fuera responsable. Para determinar cuál es la causa de la humedad deberá encargar un informe pericial a un técnico, por ejemplo a un aparejador.

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Miguel Gastalver Trujillo. Abogado especialista en Vivienda.

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