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Vivienda en Alquiler · Artículos Divulgativos

Artículos divulgativos sobre Vivienda en Alquiler

Aquí encontrará, clasificados por temas, artículos divulgativos que le explicarán de una forma sencilla todos los aspectos a tener en cuenta sobre el alquiler de una vivienda tanto si es Vd. es el arrendador como si es el arrendatario. Infórmese bien antes de firmar un contrato de arrendamiento. Evite problemas anticipándose a ellos.



Impago de la renta de alquiler PDF Imprimir E-Mail
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Incumplimiento de Obligaciones.

Mi inquilino no paga la renta ¿Qué hago?

Le explicamos qué hacer cuando el inquilino no paga la renta
La decisión depende de factores como la reiteración en el impago, la solvencia del inquilino, si se han constituido garantías como avalistas solidarios...

Los arrendamientos son sensibles a la situación económica general. En tiempos de bonanza los casos de impago de renta son menos frecuentes. Pero si la economía va mal muchos inquilinos empiezan a tener dificultades y empiezan los retrasos e impagos de renta de alquiler. Así pues, piense que como Vd., muchos otros arrendadores padecen la misma situación.

Nuestro primer consejo, basado en la experiencia, es preguntar directamente al inquilino cuál es el problema y evaluar si el impago va quedar en un simple retraso o si la causa es más grave y hace pensar que el problema se va a repetir o incluso ir a peor. Hable con su inquilino. Es importante tratar de conocer la causa del impago/retraso y realizar dicha reflexión pues la manera de afrontar la situación es diversa, como veremos a lo largo de este artículo.

Y para tomar la mejor decisión posible no hay que perder de vista que el arrendamiento es una inversión y que su razón de ser es la obtención de la mayor rentabilidad posible.  Para valorar cada alternativa la mejor manera de actuar es considerar cuál será el resultado económico de nuestra inversión al final del año.

Casos de Impago puntual de la renta de alquiler

En muchas ocasiones el impago queda finalmente en un simple retraso pues la causa es una falta de liquidez pasajera. Insistimos en que hable con su inquilino y  descubra los motivos. Si según su juicio el inquilino, a pesar de todo, es responsable y solvente y merece confianza, desde luego la mejor actitud posible –la más rentable al final del año- es dar facilidades de pago. Incluso si el impago alcanza a la renta de dos o tres mensualidades. Si además tuvo la precaución de exigir avalistas solidarios al celebrar el contrato, con más razón.

Casos de impago reiterado de la renta de alquiler

En cambio si el impago se repite con frecuencia, se acumulan más de dos mensualidades de renta y según su criterio se van a acumular más y cada vez cuesta más que el inquilino se ponga al día, el criterio determinante de la mejor decisión a tomar es la solvencia del inquilino o de sus avalistas, como veremos a continuación.

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Desistimiento del arrendatario PDF Imprimir E-Mail
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Duración del Contrato de Alquiler

Si el inquilino deja la vivienda antes de tiempo ¿tiene que pagar alguna indemnización al arrendador?

Desistimiento del arrendatario del contrato de alquiler. ¿Tiene que indemnizar al arrendador?
Si el inquilino deja la vivienda alquilada antes de tiempo, ¿tiene que pagar las rentas de alquiler de todo el plazo pactado?
 La regla general de los contratos es que una vez firmados ambas partes deben cumplir sus respectivas obligaciones de conformidad con lo pactado.

En el caso de los contratos de arrendamiento no es distinto.

En este artículo vamos a analizar qué sucede cuando el inquilino decide desistir del contrato antes del cumplimiento del plazo pactado. Es decir, cuando deja la vivienda antes de que se cumpla el plazo.

Daremos respuesta a una consulta que recibimos con mucha frecuencia: En caso de desistimiento del inquilino:

¿Tiene que pagar al arrendador todas las rentas correspondientes al plazo que quedaba por cumplir o no? 

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La renta básica de emancipación de los jóvenes PDF Imprimir E-Mail
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Ayudas al alquiler

Ayudas para el acceso a la vivienda de los jóvenes: La Renta Básica de Emancipación 

Ayudas al alquiler de vivienda: La renta básica de emancipación
Las ayudas consisten en un pago único de 120 euros para sufragar aval, un pago mensual de 210 euros para renta de alquiler así como en un préstamo sin intereses de 600 euros, para fianza.

Por su interés y actualidad transcribimos a continuación el texto completo del Real Decreto 1472/2007 de 2 de Noviembre  donde se regula la denominada Renta Básica de Emancipación destinada a facilitar el primer acceso de los jóvenes a una vivienda en alquiler. Las ayudas podrán ser solicitadas a partir del 1 de enero de 2008.

España tiene una de las medias de edad de emancipación de sus ciudadanos más elevadas de la Unión Europea. Este retraso en la edad de emancipación de los jóvenes ocasiona múltiples consecuencias negativas, tanto sociales como económicas y personales.

Una de las causas de este retraso es el incremento sostenido en los precios de la vivienda de la última década, que ha dificultado enormemente el acceso de muchos jóvenes al disfrute de una vivienda, con lo que han visto obstaculizadas sus posibilidades de emancipación.

En este contexto se encuentra justificada la intervención de los poderes públicos para dinamizar el mercado de arrendamientos mediante la adopción de una serie de medidas que contribuyan a facilitar a los jóvenes el acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler, fomentando así una más temprana emancipación y mayor movilidad laboral.

 

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Muerte del arrendador PDF Imprimir E-Mail
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El Contrato de Alquiler

¿Qué sucede con el Contrato de Alquiler de vivienda cuando muere el Arrendador?

muerte arrendador usufructo contrato alquiler
¿Es el arrendador de su vivienda en alquiler una persona de edad avanzada? ¿Sabe Vd. si es pleno propietario o sólo usufructuario?

Si vive Vd. de alquiler y la persona que le ha arrendado la vivienda es de edad avanzada le recomendamos que haga una comprobación muy sencilla:

Coja su contrato y compruebe si el arrendador es propietario de la vivienda o sólo es usufructuario.

Normalmente dicha información se contiene en el encabezado del contrato, donde se relacionan los datos de identificación de ambas partes y el carácter con el que actúan. Una vez que haya hecho la comprobación y sepa a ciencia cierta si la persona que le ha arrendado la vivienda es propietaria o sólo usufructuaria puede seguir leyendo el artículo.

Sabrá entonces qué sucederá con su contrato de alquiler cuando su arrendador fallezca.

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