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alquiler vivienda VPO sin declarar 12 años 1 mes antes #10027

Hola, en junio del 2011, me alquile una casa, firmamos el contrato de una año,y por motivos de trabajo me tengo que ir, le avise con un mes de antelación al propietario de que me iva, y se nego a pagarme la fianza(400€)por imcumpliento del contrato y me obliga a estar hasta junio y correr con todos los gastos. ¿Puede hacer eso?Tambien me dijo que no declarase la casa a Hacienda puesto que la casa es de VPO del 2007 y recibio una ayuda del gobierno por tener hijos y que no ha declarado todavia.¿Que puedo hacer, declaro el alquiler o no?. Tambien me ha dicho que en vez de darme la fianza no le pague el mes de abril ,pero le deje todos los gastos pagados, sin firmar ningun papel ni nada.¿Se Puede hacer eso? ¿Que puedo hacer yo antes esto? ¿Podria pedirme luego el pago del mes y reclamarme una indenización?o ¿O que podria hacer ella luego? ¿Como Puedo Protegerme ante esto.Por favor Contesten, no tengo dinero para abogados y es importante para mi, es mi primer alquiler.

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Re:alquiler vivienda VPO sin declarar 12 años 1 mes antes #10030

A salvo lo que diré respecto al hecho de tratarse de una VPO, en principio el arrendador tiene razón al exigir que se cumpla el plazo mínimo pactado. Salvo que en el contrato se contemplase la posibilidad de abandonar la vivienda antes de tiempo (desistimiento), el plazo vincula a ambas partes y hay que cumplirlo. Si Vd. se va antes de tiempo debe indemnizar al arrendador por las rentas dejadas de percibir.

Ahora bien, por otra parte hay que tener en cuenta que una VPO es una vivienda que ha sido adquirida gracias a las ayudas públicas recibidas (pagadas entre todos los españoles) y que por dicha razón si se alquila -si en ese caso es posible dado el régimen al que esté sometida- ha de hacerse por la renta que estipula cada año la ley. Es nulo cualquier alquiler cuya renta sobrepase dicho importe. Además de constituir una infracción sancionable. Por ello le sugiero que averigue si el alquiler de dicha vivienda es legal o no dado el tiempo transcurrido desde su calificación como VPO, así como la renta máxima de alquiler. Para ello debe dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de su comunidad autónoma, que es la competente en la materia. Es probable que la información obtenida la sirva como "baza" para negociar.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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