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Constructora Hercusa en concurso de acredores 15 años 5 meses antes #7673

Hola a todos/as,
Compramos vivienda sobre plano en abril de 2007 a la constructora Hercusa, con previsión de entrega en marzo de 2009. A fecha de hoy no se ha iniciado la obra. La constructora no ha tenido ningún tipo de comunicación con nosotros.
Hace dos semanas ha presentado concurso de acreedores (suspensión de pagos).
Hemos entregado una señal de reserva, una cantidad a la firma del contrato de compra venta, 20 mensualidades de las 23 previstas que seguimos pagando. Figura en el contrato la entrega de 20 mil euros en el mes de marzo, antes de la firma de escrituras para completar el 20% del valor total de la vivienda, hasta la firma de escrituras.
Extraigo del contrato firmado lo que considero relevante:
Fecha de terminación y entrega de la vivienda “prevista su terminación y entrega en marzo de 2009, salvo causas de fuerza mayor…”
Reseña detallada de las cantidades entregadas a cuenta:
“Todas las cantidades entregadas a cuenta por la parte compradora, serán avaladas por la vendedora mediante pólizas bancarias, siendo estas prorrogadas según su vencimiento”
En caso de incumplimiento del comprador, “si optase por la resolución, la vendedora hará suya en concepto de cláusula penal el 100% de las cantidades ya entregadas hasta la fecha por el comprador”.
“En el supuesto de que no se concediera la licencia de obra (…) la parte compradora podrá resolver el presente contrato de compra venta, devolviendo la parte vendedora los anticipos a cuenta entregados”
PREGUNTAS:
¿Podemos resolver el contrato por incumplimiento (ya que no se ha iniciado la obra), estando la empresa en concurso de acreedores?
El contrato recoge la existencia del aval de las cantidades entregadas mediante aval bancario, pero no nos han entregado materialmente este aval ¿podemos ejecutar igualmente el aval en caso de resolver el contrato?
¿Podemos considerar que, aunque no especifica nuestro derecho de resolución de contrato por incumplimiento, al reservarse el vendedor el derecho de quedarse con el 100% de lo aportado a cuenta de la vivienda, nos ampara el derecho de reciprocidad en base al Artículo 1.450 del código civil?
¿Cómo nos podemos amparar para no entregar la cantidad estipulada en el contrato de 20,000 euros en el mes de marzo antes de la firma de escrituras? ¿Ha de estar resuelto el contrato para ello?, o se puede deducir la no obligatoriedad de ese pago ya que no se ha iniciado la obra.

Os agradezco enormemente orientación en este tema puesto que estamos bastante nerviosos con la suspensión de pagos presentada por la constructora y no sabemos como actuar.

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Re:Constructora Hercusa en concurso de acredores 15 años 5 meses antes #7674

Dada la cantidad en juego, merece la pena acudir al juzgado donde se tramite el concurso y personarse con abogado y procurador para tener acceso a la información relevante, en concreto:
-Si el concurso ha sido promovido por la propia promotora o por un acreedor.
-Si lo ha promovido la promotora, a ver qué plan de viabilidad propone, estudiarlo y valorar su credibilidad.
-Situación exacta de la promoción (si tiene licencia o no, cuántos pisos de los que la integran están vendidos, ritmo de ventas actual, etc.)
-Si ha sido promovido por un acreedor, conocer si se va a ir directamente a liquidación o si la empresa es viable.

Son elementos de juicio importantes para tomar una decisión u otra.

En general, debe saber que la mera declaración de concurso no afecta a la vigencia de los contratos como el suyo, que deber seguir siendo cumplidos por ambas partes. No da derecho a resolverlo. Y en todo caso, declarado el concurso, el que valora las resoluciones es el mismo juez que tramita el concurso -que probablemente esté desbordado- y que puede no estimar la resolución en interés del concurso.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Re:Constructora Hercusa en concurso de acredores 15 años 5 meses antes #7687

Hola,

Nosotros estamos ante una situación similar pero no tan acuciante como la tuya.
Deberías haberte asesorado antes con un abogado. Nuestro consejo es que lo hagas inmediatamente.
Por cercanía del caso te puedo decir lo siguiente.

1)Vete ya! a la concejalía de urbanismo del ayuntamiento de la localidad donde esté la obra y pide un informe completo del estado de la licencia. Ahí podrás comprobar que no se ha levantado acta de replanteo, es decir no se han iniciado las obras

2) Por supuesto que debes resolver el contrato mediante burofax por incumplimiento de la promotora tanto por no haber iniciado las obras, como por no daros los avales físicos. Que lo ponga en el contrato no sirve para nada.

3) Ante la más que segura no contestación de la promotora, denuncialos y pide una consignación judicial de inmediato, es decir solicitar depositar el dinero que falta por pagar en un juzgado. De esta manera no te niegas a pagar el resto del dinero pero tienes ese dinero asegurado.

4)A partir de marzo, es decir de la fecha de entrega de tu vivienda, te conviertes automáticamente en acreedor. Es decir, la promotora te debe un piso o en su defecto el dinero entregado más el interes legal vigente.

5)Ponte en manos de un abogado ya que te lleve todos estos complejos trámites.

Espero haberte ayudado. Soy un comprador como tú al que le han hecho la misma putada. No obstante mi promotora no ha entrado en concurso aún ya que hay rumores de que lo puede hacer en breve.
Sólo puedo darte mucho ánimo y suerte

SALUDOS

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Re:Constructora Hercusa en concurso de acredores 15 años 5 meses antes #7688

Hola,

Nosotros estamos ante una situación similar pero no tan acuciante como la tuya.
Deberías haberte asesorado antes con un abogado. Nuestro consejo es que lo hagas inmediatamente.
Por cercanía del caso te puedo decir lo siguiente.

1)Vete ya! a la concejalía de urbanismo del ayuntamiento de la localidad donde esté la obra y pide un informe completo del estado de la licencia. Ahí podrás comprobar que no se ha levantado acta de replanteo, es decir no se han iniciado las obras

2) Por supuesto que debes resolver el contrato mediante burofax por incumplimiento de la promotora tanto por no haber iniciado las obras, como por no daros los avales físicos. Que lo ponga en el contrato no sirve para nada.

3) Ante la más que segura no contestación de la promotora, denuncialos y pide una consignación judicial de inmediato, es decir solicitar depositar el dinero que falta por pagar en un juzgado. De esta manera no te niegas a pagar el resto del dinero pero tienes ese dinero asegurado.

4)A partir de marzo, es decir de la fecha de entrega de tu vivienda, te conviertes automáticamente en acreedor. Es decir, la promotora te debe un piso o en su defecto el dinero entregado más el interes legal vigente.

5)Ponte en manos de un abogado ya que te lleve todos estos complejos trámites.

Espero haberte ayudado. Soy un comprador como tú al que le han hecho la misma putada. No obstante mi promotora no ha entrado en concurso aún ya que hay rumores de que lo puede hacer en breve.
Sólo puedo darte mucho ánimo y suerte

SALUDOS

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Re:Constructora Hercusa en concurso de acredores 15 años 5 meses antes #7689

Muchas gracias por tu ayuda. Hemos solicitado al ayuntamiento el estado de la licencia. Nos pondremos en manos de abaogado.
Suerte con lo tuyo.

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