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REFORMA 14 años 9 meses antes #8228

Hola, soy nuevo en el foro, espero me puedan ayudar con mi duda, gracias.
He estado mirando vivienda de segunda mano para comprar y me había decidido por un pareado construido en el año 2002. De origen el pareado constaba de un garaje en semisótano, del mismo tamaño que la planta vivienda de arriba. El actual propietario reformó todo el garaje, construyó dos habitacines y un baño, empisó el suelo y bajó los techos, vamos que el garaje paso a ser un semisótano habitable, y el pareado a tener dos habitaciones mas, otro baño y otro salon.
Estaba decidido a comprar y anoche por internet consulté los datos catastrales y aparecen los metros tal como eran antes de la reforma. 60m2 de vivienda y 60 m2 de aparcamiento, lo cual me ha hecho generar dudas. Ahora debería tener 120m2 de vivienda.

En principio en la inmobiliaria me han dicho que no me pueden enseñar la escritura si no señalizo la vivienda entregándoles algo de dinero. Y que cuando vaya el tasador realizará dos informes uno del valor que pago yo y otro de obra nueva que paga el propietario, en el cual se incluirán todas las reformas que lleva la vivienda,y que esto es habital en chalets.
No me ha dicho nada si despues de ese informe hay que modificar las escrituras, etc.
Fff estoy hecho un lio..

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Re:REFORMA 14 años 9 meses antes #8240

Lo importante no es el catastro.

Lo importante es que la obra se pueda legalizar, y para ello, debe ser conforme con el planeamiento urbanístico del municipio en el que se enclava.

Lo que debe hacer es acudir al Ayuntamiento de dicho municipio y en el servicio de urbanismo, pedir una "CÉDULA URBANÍSTICA" correspondiente a dicho chalet.

La cédula urbanística le informará de los metros cuadrados de vivienda que se pueden edificar en dicha parcela, sean sobre rasante o bajo rasante. Si Vd. supera dicho número de m2 edificables, corre el riesgo de que le ordenen demoler la obra. Naturalmente nunca podrá legalizarla a todos los efectos. Y carecerá de sentido informar al catastro de su existencia. De todas formas, si a pesar de ello le interesa, basta con callar, aceptar la situación pero sabiendo lo anterior.

Ahora bien, si en la cédula urbanística le informan que se pueden edificar más m2 de los actualmente edificados, entonces calcule si puede legalizar la reforma o no. La legalización comprendería:

-Licencia de Obras.
-Licencia de Primera Ocupación.
-Una escritura de obra nueva reformada.
-Inscripción en el Registro de la Propiedad.
-Comunicación al Catastro.

Básicamente. Si el propietario actual no ha legalizado la obra la podría legalizar Vd. No obstante, dado que tiene un coste, negocie bien el precio para descontar dichos gastos.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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