Hola a todos, mi consulta es la siguiente:
Firmé hace un año aproximadamente un contrato de compra-venta de una vivienda con la promotora Martinsa-Fadesa. La entrega de las viviendas está estipulada en 36 meses desde la concesión de la licencia de obras, plazo que terminará a mediados de 2010.
Hoy mismo se ha conocido la noticia de que dicha promotora ha convocado concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) debido a que no puede afrontar la deuda de más de 5.000 millones de euros que tiene con los bancos. Me gustaría saber si tras este hecho podría ejecutar el aval bancario que tengo con ellos y que me asegura la devolución de las cantidades que llevo entregadas. En dicho aval y también en el contrato de compra-venta pone expresamente que la ejecución del aval bancario sólo podrá realizarse si la obra no llegara a buen fin en los plazos estipulados.
Hoy día no se sabe si la obra llegará a buen fin, ni si lo hará en el plazo firmado pero tras la noticia de que dicha promotora se encuentra en una situación más que delicada, dudo mucho que así sea. No me gustaría esperar a que se cumpla el plazo del aval bancario ya que aún quedan 20 meses, porque dada la situación que vive la construcción actualmente, prefiero tener mi dinero a buen recaudo y que no lo tengan las promotoras que hoy se lamentan de la situación que vive el país y que ellas han provocado.
Me gustaría saber si la declaración de suspensión de pagos de una promotora es razón suficiente como para rescindir el contrato y hacer uso del aval bancario.
Muchas gracias y un saludo.