En el caso de iniciar una accion de division de cosa comun que finalice mediante una ejecucion en subasta, si la subasta se hiciera de mutuo acuerdo se la podria quedar cualquiera de las partes, o el tercero que pujase a tal efecto.Si la demanda, la interpusiera solo uno a efectos de subasta, en principio sería solo esta parte, la que en caso de no concurrir nadie a la subasta, se lo podria adjudicar por el 50%.
Ahora para llegar a esto, hay que interponer dos demandas una primera de actio communi dividendo,y una segunda de ejecucion de esta, para la subasta que se ha de haber pedido en la primera.Para todo este procedimiento, se ha de contar con abogado y procurador.
Quizas, si el problema es que no se puede afrontar la hipoteca, podrian intentar alguna negociacion con el banco, pero claro obviamente para ello, vuelve a ser necesario el acuerdo entre las partes.
Mi consejo es que acudais a un abogado de vuestra confianza.
Suerte