Tengo intención de demandar a mi inquilino por falta de pago de las rentas. Mi consulta es si para pedir tanto la extinción del contrato como las cantidades debidas (1350 €) a través de un mismo juicio verbal necesito abogado y procurador o no sería imprescindible
La intervención de abogado y procurador es obligatoria por superar la cuantía del procedimiento los 900 euros.
Desde la experiencia le aconsejamos que SIEMPRE sea representada por un Procurador y dirigida por un Letrado pues en la judicatura hay división de opiniones respecto a la determinación de la cuantía de la acción de desahucio cuando se ejerce acumulada a la acción de reclamación de cantidad. Algún sector defiende que la cuantía viene dada por el valor de la vivienda, que lógicamente siempre será superior a 900 euros y en consecuencia exigirá siempre la representación y postulación. Si no quiere correr riesgos evite este posible defecto procesal o argumento para la defensa de la otra parte, susceptible de provocar retrasos en una justicia ya de por sí lenta.