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Buenos dias, me pongo en contacto con ustedes ya que estoy muy preocupada y no sé que debo hacer. Mi problema es el siguiente: Mi padre ha comprado un apartamento a una inmobiliaria, pagado al contado, y en las escrituras consta en cargas "la parte vendedora, que dicho préstamo ha sido totalmente pagado, estando unicamente pendiente la cancelacion registral del mismo",..por esto llamé al banco que figura como que tiene la hipoteca a favor y me comentaron que NO se han presentado la escritura de cancelación (esta compra se efectuó en MAYO 2007). Despues de esto llamé a la inmobiliaria y me dijeron que el dinero facilitado por mi padre por la compra del piso fue utilizado para abonar dinero que ellos debian a unas personas que ya no querian unos pisos y que hasta que no vendan dichos pisos de ese mismo bloque no van a proceder a la cancelación de dicha hipoteca. Por todo esto quiero saber que puedo hacer, si puedo denunciar, si puedo "obligarles" a cancelar la escritura de cancelacion, si esto es legal y lo mas importante si ellos dejan de pagar la hipoteca, que me comentaron que se estan haciendo cargo, si esta hipoteca pasa a nosotros o si por el contrario como aparece como que esta totalmente pagada que nos afecta a nosotros. Por favor te agradeceria una pronta contestacion ya que todo esto esta repercutiendo en la salud de mi padre.

No debéis preocuparos. Si la finca se ha vendido libre de cargas, el vendedor está obligado a entregarla libre de cargas. Bajo ningún concepto tendréis que haceros cargo de la hipoteca. Además según parece el préstamo garantizado con la hipoteca ya está pagado, lo que queda pendiente es su cancelación.

Ahora bien, como en el registro de la propiedad sigue apareciendo que la finca está gravada con una hipoteca, ello puede acarrear algún perjuicio, por ejemplo que no sea aceptada como garantía de un préstamo que quiera solicitar tu padre. Por ello es conveniente que se cancele cuanto antes.

Para ello lo más conveniente es requerir formalmente al vendedor para que cancele dicha hipoteca, mediante el envío de un Burofax Certificado y con acuse de recibo, so pena de exigirle una indemnización por los daños y perjuicios que la falta de cancelación pueda causar, daños y perjuicios como el expuesto.

 


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