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Hola En mayo 2006 me entregaron un piso que compre sobre planos, este mes (feb-2009), se me ha levantado el suelo (de gres), por falta de junta de dilatación del mismo. Por lo que por los cambios de temperatura y/o asentamiento del terreno, el suelo se ha levantado. ¿La reparación de esto esta incluída dentro de la garantía del piso? ¿debe el promotor hacerse cargo de la reparación?, en caso que se niegue ¿como debo actuar?

El plazo de garantía de los requisitos de habitabilidad es de tres años.

Cuando la ley se refiere a habitabilidad se refiere a lo siguiente:

c.1) Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.

c.2) Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.

c.3) Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.

c.4) Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio.

 Así pues, dado que el problema que nos comenta puede ser incluido en el apartado c.4, incluso en el c.1. todavía está a tiempo de hacer efectiva la garantía.

Dirija un Burofax certificado y con acuse de recibo al promotor exigiéndole que lleve a cabo la reparación del problema consistente en ausencia o deficiencias en la junta de dilatación así como de los daños que ha causado, que es su obligación dado que se ha presentado dentro del plazo de garantía de la Ley de Ordenación de la Edificación.

Si en un plazo razonable de diez o quince días no lleva a cabo la reparación, exíjalo por vía judicial.

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