Me veo en la necesidad de reiterar lo ya expuesto, no existen criterios exactos para determinar la existencia de necesidad del arrendador o sus familiares, en cada caso el Juzgador valora los argumentos aportados y decide en consonancia.
En su caso parece oportuno estimar previamente el costo, no solo economico, de esa denegación de prórroga y se le parece conveniente afrontarlo.