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No se que hacer con mi casa 10 años 9 meses antes #10474

La semana pasada estuvo un aparejador en una casa de mi propiedad para hacer la ITE (inspeccion tecnica de edificios) y me ha comentado que el edificio esta muy deteriorado y que puede que tenga que hacer una rehabilitación muy costosa.
Actualmente en esta casa ya no vivimos porque mi padre falleció hace unos años y mi madre compro una casita pequeña con el dinero que le dieron del seguro. Mi hermano ha tenido que irse a Alemania a trabajar y yo estoy en paro. No tenemos dinero para hacer frente a la reforma sin quedarnos sin ahorros y según el aparejador sale mas rentable declararla en ruinas ya que el coste de la reparación seguramente supere el 50€ del valor de la construcción. No se caerá en el momento pero se deteriora muy rapidamente.

El problema es que esta casa la compraron mis padres en el año 1980 con un inquilino que estaba alquilado desde el año 72. EL hombre murió y su mujer siguió viviendo aquí porque ya es mayor (84 años) aunque no nos lo notificó. Por si fuera poco, un hijo suyo se ha quedado en paro y ha vuelto a casa con 45 años y otro de sus hijos sufrió un derrame y ahora es dependiente y vive aqui tambien.

Que opciones tengo en mi situacion?, estoy agobiado porque no podemos hacer frente a la reforma y los inquilinos no quieren irse porque pagan 120€ de renta. Pueden subrogar aun mas el alquiler y que el problema se alargue durante años sangrandonos el poco dinero que tenemos? puedo deshauciarlos con el informe de ruina?

Espero que podais aconsejarme porque estoy en un sin vivir y no se que hacer.

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Re:No se que hacer con mi casa 10 años 9 meses antes #10478

Si no les notificaron la subrogación la jurisprudencia del Tribunal Supremo es muy clara al respecto, el contrato quedó extinguido. No hay derecho a seguir ocupando la vivienda y cabe promover el desahucio con éxito.

Ahora bien, dependiendo del tiempo transcurrido desde el fallecimiento del arrendatario, de a nombre de quién se extienden los recibos, o quién es el titular de la cuenta desde la que se pague la renta, o de que de alguna forma se haya tratado como inquilinos a quienes ocupan la vivienda, estas personas podrían conseguir que se les reconociese la existencia de un alquiler, aunque ya sometido a la nueva ley, es decir, como máximo por cinco años. Sería cuestión de poco tiempo darlo por extinguido también en este caso.

Aparte debe saber que si el Ayuntamiento declara la vivienda en ruina, puede Vd. pedir la extinción de los contratos de arrendamiento que recaigan sobre la misma.

Y también que la mayoría de Ayuntamientos tienen ayudas económicas para la rehabilitación. Pregunte.

De todas maneras, yo le he explicado la ley. Cuestión distinta es la moral. Yo no puedo ayudarle a resolver el dilema moral que supone optar entre hacer frente al pago por no haber superado la ITE o echar a la calle a una familia que atraviesa una situación difícil.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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Re:No se que hacer con mi casa 10 años 9 meses antes #10479

Gracias por tus comentarios, sobre las cosas que planteas:

-El marido y titular del contrato murió hace unos 5 años aproximadamente.
-No recibimos ningún documento de subrogacion ya que la familia llevaba alli viviendo desde siempre y nosotros tampoco quisimos decirles nada.
-La renta al ser tan poco se paga en mano ya que antes vivíamos en la plata de abajo (el edificio consta de dos viviendas de nuestra propiedad).

Me surgen entonces las siguientes dudas:

La subrogación es válida en este momento? se trata de un contrato nuevo y este ya no seria de renta antigua?
Hay que tener en cuenta que ya han pasado cinco años desde que murió el antiguo titular.

Gracias de nuevo

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Re:No se que hacer con mi casa 10 años 9 meses antes #10480

La subrogación no es válida ya. El contrato de renta antigua quedó extinguido una vez venció el plazo para comunicar la subrogación sin que se produjese.

Yo pienso que la viuda, dado el tiempo transcurrido, puede reivindicar la existencia de un contrato de alquiler DISTINTO al de su marido. El argumento que podría utilizar es el de la doctrina de los actos propios. Durante estos cinco años los propietarios han dado a entender con sus actos que están conformes con que la viuda siga ocupando la vivienda a cambio de una renta, es decir, que están conformes con el alquiler. Hay que tener presente que el contrato de alquiler no tiene por qué formalizarse por escrito necesariamente. Puede nacer del mero consentimiento de ambas partes, manifestado de forma expresa o tácita, es decir, por sus actos.

En cualquier caso sería una cuestión a dilucidar judicialmente.
Miguel Gastalver Trujillo
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Re:No se que hacer con mi casa 10 años 8 meses antes #10481

Muchas gracias por la informacion porque estoy que no pego ojo y mi madre está muy preocupada con el tema. Mi padre siempre llevo estos temas y yo no tengo mucha idea.

A lo contestado anteriormente me surge la pregunta de que tipo de contrato es el que rige actualmente?, que validez tiene si consideramos que el anterior titular murio hace 5 años aprox?

dicho contrato por la LAU de que año se rige? si es de renta antigua se le podia aplicar un cargo correspondiente de las obras que se ejecuten pero si no? Asi mismo si no es de renta antigua se puede subir un alquiler?

Gracias de antemano,

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Re:No se que hacer con mi casa 10 años 8 meses antes #10490

Yo pienso que en el momento que transcurrió el plazo para comunicar la subrogación lo que se acordó tácitamente fue un contrato sometido a la actual LAU, en su redacción anterior, por una renta equivalente a la que se venía pagando. Por lo tanto, 30 días antes de que se cumpla una nueva anualidad de contrato podrían comunicar que no desean prorrogar. Y si no quieren irse, plantear el desahucio en base al anterior planteamiento.

Y es que dado que vivían en la misma casa no pueden alegar desconocimiento del fallecimiento del anterior titular. Es obvio que sabían que falleció. Y también que no les comunicaron la subrogación. Por lo tanto la única justificación a que permanecieran allí es la expuesta.

Es mi opinión, a salvo el mejor criterio de algún otro compañero.
Miguel Gastalver Trujillo
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