Normalmente en casos de renta antigua en los que no se ocupa la vivienda lo que se utiliza como prueba indiciaria es el consumo habido de luz y agua. Si nadie habita el piso, el consumo será inferior al previsible en caso contrario. Esto sí puede pedir al juzgado que lo solicite. Otro tipo de prueba muy habitual es el informe de un detective que hace un seguimiento durante días, y que además puede averiguar en qué residencia está el arrendatario.
La fe de vida es innecesaria puesto que para contestar a la demanda se ha de otorgar un poder y ello necesariamente exige estar vivo, como es obvio. Si no, simplemente, no podrán ni contestar la demanda y el desahucio prosperará.