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Notificación de impago de renta 17 años 6 meses antes #6989

El día 16 de abril requerí a mi inquilino el pago de las rentas adeudadas, siguiendo el modelo de esta web, mediante burofax certificado y con acuse de recibo; el día 20 de abril, recibí un aviso de Correos diciendo:"No entregado. Ausente en hora de reparto. Dejado aviso postal y no reclamado hasta la fecha" (el inquilino no ha puesto su nombre en el buzón de la vivienda, aunque me dijeron que eso no tenía importancia, si la dirección era correcta). ¿Puede considerarse que se le ha notificado fehacientemente al inquilino el impago de las rentas, a efectos de computar el período de dos meses para presentar la "demanda de desahucio" sin que exista posibilidad, por parte del inquilino, de "enervar el desahucio"?.
Por otra parte, he intentado, en repetidas ocasiones, contactar con él: personalmente, por teléfono y dejándole notas en el búzón, sin éxito, salvo en una ocasión, que logré hablar con una persona que, creo, convive con mi inquilino (él no quiso reflejar en el contrato las personas con las que iba a habitar la vivienda, aunque sí me lo dijo verbalmente)¿Se consideraría válida una notificación a alguno de los habitantes de la vivienda aunque no sea el inquilino propiamente dicho?

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Re:Notificación de impago de renta 17 años 6 meses antes #6991

¿Puede considerarse que se le ha notificado fehacientemente al inquilino el impago de las rentas, a efectos de computar el período de dos meses para presentar la "demanda de desahucio" sin que exista posibilidad, por parte del inquilino, de "enervar el desahucio"?.


Lamentablemente, NO. El requerimiento debe llegar al destinatario. Espere a ver si lo recoge, puesto que se le ha dejado aviso. En caso negativo, inténtelo de nuevo. Otra posibilidad, es que lo envíe otra persona ajena al contrato, indicando claramente en el texto que actúa 'como mandatario verbal del arrendador'. A veces, al ser el remitente alguien distinto al arrendador sí lo recogen.

¿Se consideraría válida una notificación a alguno de los habitantes de la vivienda aunque no sea el inquilino propiamente dicho?


SI.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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