Los juzgados suelen disponer de un servicio, generalmente centralizado, denominado 'de averiguación patrimonial'. Tu abogado deberá solicitar que dicho servicio informe sobre bienes o derechos a nombre del condenado a pagar.
Dicho servicio obtiene información de AEAT, TGSS y Bancos, de manera que de existir informa sobre créditos a favor del deudor en Hacienda (por ejemplo devolución de IRPF), pensiones o subsidios que cobre, y cuentas bancarias con sus saldos correspondientes.
Aparte, tu abogado debería realizar una consulta al Servicio Central de Indices del Registro de la Propiedad, donde le informarán si esa persona es titular de algún bien inmueble en España.
También puede pedir a Jefatura de Tráfico que informe sobre si el deudor es titular de algún vehículo. Esto ha de hacerse por medio del juzgado.
A partir de estas fuentes se puede saber si el deudor es solvente -puede pagar- o no.
De todas maneras, como se dice en el argot, los deudores profesionales no tienen a su nombre "ni el carnet de identidad".