El asunto esta en que la comunicacion verbal, no es fehaciente,es decir no queda constancia de la misma, y se trataria de una cuestion, de dirimir cual de las dos partes falta a la verdad.
Lo que tienes que hacer es notificarle correctamente, bien notarialmente, bien mediante burofax, dentro del plazo que para ello establecierais en su dia en el contrato( para lo que te aconsejo que te redacte esa notificacion o la revise, al menos, caso de ser notarial un abogado).
Obviamente, si entonces la inquilina continua igual haciendo caso omiso, deberias ir via judicial por resolucion de contrato, el abogado y procurador, bien los contratarias tu, o si estas dentro de quienes pueden optar al turno de oficio, deberias solicitarlo.Luego, en la sentencia, el Juez impone las costas( los gastos del juicio), a la parte vencida, salvo determinadas excepciones que no tendrian porque darse en este caso.
Posiblemente la inquilina cambie de actitud al ser bien notificada, mediante figura juridica de por medio.
Suerte.