Hola, por no alargarme, al final he tenido que comprar vivienda, sin haber vendido la que era ya de mi propiedad. Me encuentro con un cañón de hipoteca cambio de casa, que cada mes que estoy sin vender me añade un buen pellizco de euros.
O sea, que con alquilar la vivienda en venta, no soluciono el problema ni puedo sustentar todo el crédito. Pero, cómo no, estaría bien alquilar, siempre que me garantizara que cuando necesite la venta, pueda resolver el contrato.
¿puede articularse en el contrato de arrendamiento algo así? ¿es posible renunciar a los cinco años o se entiende no válida? ¿es posible prever una sanción al inquilino por el tiempo que tarde en salir?
Gracias,