El arrendamiento entiendo que no requiere explicación por ser por todos conocido.
La opción de compra es un contrato en virtud del cual durante un plazo, el propietario de una vivienda se obliga a no vendersela a nadie sino al benefiario de la opción de compra, cuando éste quiera
si es que quiere -dentro del plazo- y por el precio pactado de antemano.
Si vence el plazo y el beneficiario no ha querido comprar la vivienda, el dueño ya se la puede vender al que quiera. Queda liberado.
En el arrendamiento con opción de compra, se alquila la casa ( hay que pagar la renta mensual, etc, como en un alquiler vulgar y corriente) pero además, se ofrece la posibilidad de comprarla durante un tiempo -por ejemplo los dos primeros años del contrato-, incentivando al inquilino a comprar descontando del precio de venta, pactado de antemano, todo o parte del dinero que haya pagado hasta ese momento en concepto de renta de alquiler.
Como verá son dos cosas totalmente distintas.
En nuestra sección de
formularios sobre vivienda en alquiler, apartado contratos
, tiene un modelo que le puede servir de base. Sepa que tiene libertad para incluir cualquier pacto, siempre que no sea contrario a la ley.