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Ejecucion y devolucion Aval 13 años 9 meses antes #9574

Si voy al banco y solicito el importe del aval debido a un impago ¿Me abona el banco el total del aval de una vez?
Supongamos que el banco me paga el total del aval debido a que ha habido un impago, pero más tarde el inquilino decide resolver el contrato o bien se le desahucia y recupero la posesión de la vivienda ¿Debería devolver al inquilino la parte que le corresponda una vez restado el periodo que no ha pagado? Pongo un ejemplo, el inquilino deja de pagar en el mes de Enero, ejecuto el aval y en Abril decide resolver el contrato y marcharse o bien lo demando y recupero la posesión de mi vivienda en Abril igualmente ¿Debería devolverle el importe del aval una vez restado los meses impagados de enero, febrero y marzo y los suministros de agua, luz, etc. Que tuviera pendientes?
¿Puede solicitarse el pago del aval al banco si el inquilino lo que no paga son sus recibos de suministros: agua, electricidad, etc.?
Si todo ha ido bien con el inquilino, ha pagado y resolvemos el contrato antes de que caduque el aval, pongamos que es por 5 años y resolvemos el contrato después del primer año, ¿Como se procede, devolviendo el documento de aval bancario al inquilino, para que vaya al Banco con el mismo y el de resolución del contrato y dejen de retenerle el dinero?

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