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Incumplimiento de contrato, obras 11 años 9 meses antes #10333

Buenas tardes, soy propietario de una vivienda en Madrid que tengo en alquiler desde hace exactamente 1 año y 11 meses.

Bueno mi caso es que mis inquilinos decidieron hace ya bastante tiempo por su cuenta y si avisar ni de manera oral ni de manera escrita instalar y contratar una alarma y los servicios que le ofrecen la empresa.

En mi contrato de arrendamiento especifica lo siguiente:

La parte arrendataria no podrá realizar sin el consentimiento de la parte arrendadora, expresado por escrito, obras de ninguna clase o naturaleza, las obras que pudieran realizarse con tal consentimiento quedarán en todo caso en beneficio de la propiedad, sin derecho a indemnización alguna.

Mi pregunta es, si pudiera restringir el contrato de alquiler por este motivo.

Y si se puede que sucedería en tal caso con esa instalación porque yo no requiero de los servicios que han contratado y eso cuesta su dinero mensual.

¿Pueden oponerse a no irse de la vivienda por ese motivo?

Qué procedimiento debo de seguir para restringir el contrato en ese caso si fuera viable.

Muchas gracias, un cordial saludo.

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Re:Incumplimiento de contrato, obras 11 años 9 meses antes #10334

Entiendo que quiere decir RESOLVER el contrato, es decir, terminarlo anticipadamente.

Para ello es necesario que se produzca un INCUMPLIMIENTO de una obligación PRINCIPAL, y que dicho incumplimiento sea GRAVE.

En su caso, a priori, cabría considerar que se ha realizado una obra menor, la instalación de la alarma, y con ello un incumplimiento. Pero según mi opinión NO es de una gravedad suficiente como para justificar la RESOLUCIÓN del contrato. Pienso que los jueces rechazarían esa pretensión si el argumento es únicamente el de haber instalado una alarma.

Lo que sí puede hacer es enviarles un escrito exigiéndoles que retiren la alarma y dejen la vivienda como estaba, ya que así se pactó. O bien, si le interesa quedarse con la alarma, esperar a que termine el plazo pactado.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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