Intento siempre en el foro dar una respuesta práctica a la duda que se plantea sobre todo si es de interés general para que el foro sea realmente útil. Pero en este caso debe Vd. preguntar en la comunidad de Madrid ya que cada una de las diecisiete comunidades autónomas tiene su propio régimen general y luego cada promoción tiene su régimen particular dependiendo de la fecha y del expediente de calificación definitiva. Así que siento no contestar directamente a su pregunta concreta sobre su caso concreto..
El consejo general por tanto es consultar al órgano competente en materia de vivienda de su comunidad autónoma. Hoy en día muchos de ellos tienen Oficinas de atención a las que se puede dirigir por email, teléfono, carta...sin necesidad de acudir personalmente. Es lo que debe hacer todo aquel que se encuentre en su situación, para tener la certeza de que actua correctamente.