Que las alfombras no hayan sido incluidas en el inventario no impiden reclamar al inquilino la reparación de los daños que presenten, o su valor de reposición si es que desaparecen. Pero en caso de conflicto con el inquilino por este motivo, si el caso llega a los tribunales, se encontrará con más dificultades a la hora de aportar PRUEBA de que las alfombras existían, o que estaban en buen estado. Sería como empezar un partido de fútbol con un gol en contra. Si la única prueba es su palabra contra la del inquilino, el juez puede no creérselo. Tendría que aportar facturas de compra, testigos etc...