Un saludo a todos
hace un año redacté un contrato a mi arrendatario que firmó y en el que le hacia saber que estábamos sujetos a la ley de arrendamientos de 1913 y que el contrato tenía la duración de un año. Mis preguntas son dos: la primera.- debiera redactar anualmente un nuevo contrato que firmara el arrendatario a pesar de que no hubiera cambios en las cláusulas o es suficiente el que firmó el año pasado y solo hacerle firmar, si lo creo conveniente, el nuevo contrato con acabe el periodo obligatorio de duración del contrato? y la segunda pregunta.- al firmar el arrendatario el contrato el año pasado por qué ley de arrendamientos debe regirse el contrato por la del 13 o por la del 19?
gracias por las respuestas