En general cuando se trata de dar facilidades de pago una de dos, o se fracciona, o se aplaza la deuda. Una tercera posibilidad lógicamente es condonar, es decir, renunciar al cobro, total o parcial.
Si se fracciona o aplaza la deuda se genera un riesgo, porque quién sabe lo que puede pasar en el futuro. Para eso están las garantías. La mejor garantía es un avalista solvente. Así tendremos la seguridad de que incluso aunque el inquilino se haya ido ya, si la deuda está bien formalizada y asegurada, la podremos cobrar. Mi consejo es que fraccione y aplace, pero con un avalista personal de la obligación que demuestre ser solvente (por ejemplo exhibiéndole una nota simple que acredite que es propietario de un inmueble).
Otra posibilidad es que el inquilino pida un préstamo con garantía del ICO: Actualmente entre las medidas que el gobierno ha dictado durante el estado de alarma por el COVID19 para proteger a los inquilinos que se encuentran inmersos en un ERTE se encuentra la posibilidad de pedir un préstamo para pagar las rentas garantizado con una LINEA DE AVALES DEL ESTADO por medio del Instituto de Crédito Oficial. Es decir, el Estado avala a los inquilinos. Esto sería lo mejor.