Mi madre es inquilina de renta antigua con contrato de alquiler de 1980. Hace año y medio se instaló en la comunidad ascensor ( anteriormente no lo había ). Ahora ,el administrador, le ha mandado a mi madre una carta certificada donde se le comunica en incremento de la renta por esa instalación.
Tengo entendido que la instalación de un ascensor es una obra de mejora y por tanto en ningún caso se puede repercutir al inquilino. Eso es así ? En caso que tuviera que pagarlo, ¿ si la propietaria todavía no ha pagado las obras puede hacer esa repercusión ? ¿ puede hacerse aún cuando ha pasado la fecha de actualización de la renta ? ¿esta repercusión no debe constar como renta sinó como asimilada en obras, no ? ¿ la repercusión sería de por vida ? ¿ de cuanto tiempo dispone para rechazar ese incremento?
Gracias! Y espero puedan aclararme estos puntos!