Les agradecería me indiquen la situación en la que se encuentra el arrendatario en el caso que les expongo:
Contrato verbal realizado con anterioridad a 1985. Fallece la madre, el hijo se acoge a la subrogación legal, comunica en plazo. Transcurridos los dos años de prórroga, el arrendador le exige nuevo contrato e incremento de renta en cuantía tres veces superior a la que abona en la actualidad. Formalmente no ha comunicado la extinción de la relación contractual, que venció el 23/05/2019. El arrendatario sigue en la vivienda a día de hoy¿cabe la tácita reconducción?.
El inmueble se encuentra en la Comunidad Autónoma de Aragón. En el mismo están empadronados la pareja e hija de 5 años del arrendatario.
¿Le acoge algún derecho, más allá de la prórroga cumplida? ¿Podría iniciar un procedimiento desde su posición?
O por el contrario debería dar por finalizado el contrato y acogerse a la demanda del arrendador o abandonar la vivienda.
Gracias