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Con aval y sin contrato? 16 años 3 meses antes #7472

Hola, tengo un pequeño-gran problema con mi casera, les explico un poco a ver si alguien me puede ayudar porque no sé muy bien qué puedo hacer.

Hace un año exacto que vivo en un piso de alquiler; anteriormente vivia mi hermano y no habia ningun problema. Cuando yo entré en el piso la dueña estaba completamente conforme y es mas, aunque ya tenia un aval bancario a nombre de mi hermano y con mi madre como avalista, me pidio un aval bancario incluso sabiendo que el avalista iba a ser la misma persona. Bueno, finalmente arreglamos para firmar en Diciembre por lo que yo activo el aval en el banco, pero la dueña no hace sino darme largas para no firmar. Me paso 6 meses intentando contactar con ella, ya que yo le pago mediante transferencia bancaria, para firmar el contrato, pero no da ninguna señal de vida. Al final, hace 2 dias, la llamé para pedirle por favor que firmaramos el contrato y que me entregue el aval de mi hermano para darle yo el nuevo, y, oh sorpresa, me dice que el edificio lo va a vender o lo va a arreglar, y que sea como sea, no se sabe en cuanto tiempo, pero tendre que dejar el piso, y que como no tengo contrato pues poco menos que me aguante.

Yo llevo un año haciéndole las transferencias periodicamente el mismo dia de cada mes, hace casi 9 meses que tengo un aval en la estanteria muriéndose de risa por el que tengo que pagar al banco, y por si fuera poco, hace 6 meses que le informe de una gran humedad y que vino con un supuesto arquitecto del ayuntamiento para tomar fotografias pero que jamas se supo nada al respecto,... y ahora me veo en la calle!!! no se si sera en un mes o en 8 pero querria saber si la puedo denunciar y si en el caso de los alquileres, un contrato verbal seria legal o si no tengo a donde agarrarme.

Gracias de antemano,

Un saludo

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Re:Con aval y sin contrato? 16 años 3 meses antes #7473

  • Abogado
En principio Vd. está en condiciones de acreditar la existencia de un contrato de arrendamiento, pues dispone de los resguardos de transferencias bancarias, además del aval.

El contrato no tiene por qué ser por escrito, puede ser perfectamente válido si se celebra de forma verbal.

Como se trata de su vivienda habitual, con independencia de lo que diga el arrendador, Vd. tiene derecho a permanecer en dicha vivienda -mientras que pague la renta- al menos durante CINCO AÑOS desde la fecha de pago de la primera renta.

No ceda a ningún tipo de presión por parte del arrendador y tenga la seguridad de que tiene ese derecho irrenunciable.

Si además quiere que el contrato se formalice por escrito, sepa que el art. 37 de la Ley de Arrendamientos Urbanos en vigor, que puede consultar completa en nuestra sección de Legislación, dispone que:

"Las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento.

En este caso, se hará constar la identidad de los contratantes, la identificación de la finca arrendada, la duración pactada, la renta inicial del contrato y las demás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado."

Así pues, envíele por medio de Burofax certificado y con acuse de recibo a su arrendadora una carta en la que, al amparo del citado artículo, le requiera para que formalice por escrito el contrato de alquiler de la vivienda que ocupa y por la que viene pagandole la renta, además de informarle que tiene a su disposición el aval solicitado.

En nuestra sección de Formularios tiene a su disposición un " Modelo de Requerimiento de Formalización del contrato por escrito ", por si quiere tener la seguridad de que esté bien redactado.

Cuéntenos a los demás en el foro cómo se desarrolla su caso, para que podamos aprender de su experiencia.<br /><br />Envio editado por: Abogado, el: 2008/08/16 00:08

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Re:Con aval y sin contrato? 16 años 3 meses antes #7487

Hola!

Muchisimas gracias por su respuesta. He preguntado en muchas asociaciones de consumo pero ninguna me aconseja siquiera debido a que se trata de un casero particular y no una empresa. Me han dicho que lo unico que me queda es ir al juzgado y denunciarla por mi cuenta o con un abogado, pero no quiero meterme en mas lios porque al final perdere mas dinero aun. Tambien me informaron de que si el propietario decide vender no puedo hacer nada, lo unico una reclamacion para una compensacion economica. Asi que no se muy bien que hacer o donde ir; voy a enviarle pues el burofax como me indica y a esperar con los brazos cruzados...!!!
Una consulta mas: se podria considerar un tipo de Mobbing Inmobiliario dado que se trata de un edificio antiguo con una renta muy baja, y con varios desperfectos graves que se niegan a arreglar?
Bueno, sea como sea, cualquier cambio en el caso lo comunicare para que sigan informados, y para ver si a alguien le sirve de ayuda en un futuro!

Sin mas, muchisimas gracias por el consejo, les mantendre informados.

Atentamente,

Rebeca R. Vera

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