Salvo que expresamente se haya pactado entre arrendador y los tres inquilinos una modificación del contrato consistente en modificar los inquilinos y pasar de tres a dos, hay que entender que hasta que finalizó el contrato de arrendamiento los tres inquilinos estaban obligados a cumplir las obligaciones derivadas del mismo, especialmente la consistente en el pago de la renta. Es decir, que no existe el derecho a desvincularse del contrato por las buenas.
Por lo tanto, los dos inquilinos han pagado en nombre del tercero su parte de la renta, y éste se la debe.
Por su parte, los tres inquilinos tienen derecho a recibir cada uno su fianza.
A efectos prácticos, que los dos inquilinos reciban la fianza del arrendador, y compensen lo que les debe el tercero con la parte de la fianza de éste.