rarri78 escribió:
la abogada, muy convencida me dijo que enviara un burofax pidiendo la fianza y que si no hacía caso lo llevara a juicio....
que lo de pagar lo que queda pendiente del contrato es algo que el casero podría demandar pero que al no demostrarse retrasos ni falta de pago...sino alegar malas condiciones de habitabilidad no habría problema.
Enviar el Burofax certificado y con acuse de recibo cuesta 25 euros. Es una inversión mínima por "probar suerte" a ver si el arrendador devuelve la fianza. Pero mi opinión es que no hará.
En derecho hay una máxima que resume muy bien los criterios para decidir si merece la pena ir a juicio y los riesgos que ello implica:
"No sólo hay que tener razón, además hay que demostrarlo, y que te la den"
Vd. puede tener razón, pero, tal y como dije en mi anterior mensaje, es muy difícil demostrarlo. Tendría que acreditar defectos de habitabilidad muy graves, pues sólo en ese caso se podría admitir una resolución del contrato. No consta que comunicara por escrito los motivos por los que abandonó el piso, y lógicamente ahora no puede levantar acta notarial fotografica o dictamen pericial para preconstituir la prueba, pues no le permitirían acceder al piso. Y aun así, la prueba sería posterior a la salida del piso.
En esas condiciones, es prácticamente seguro que prosperase la reclamación por el arrendador de las rentas pendientes de pago hasta completar el periodo mínimo.
Con todo el respeto por la compañera, su comentario es característico de quien luego no va a ser quien tenga que defender en juicio esa tesis. Digamos que es un comentario típico "desde detrás de la barrera".
Es mi opinión, a salvo el mejor criterio de otro compañero.