Tenemos un contrato firmado el día 9 de marzo de 2007 por alquiler de una vivienda, a través de la Sociedad Pública de Alquiler.
Por circunstancias personales debemos dejar el piso y comunicamos tales circunstancias tanto a la inmobiliaria (agente colaborador) como a la SPA.
Por problemas de gestión internas relativas a la SPA nos reclamaban una deuda inexistente.
Y a día de hoy, nos comunica la inmobiliaria –por orden de la SPA- que podemos continuar en el piso un mes mas (es decir hasta el 31 de agosto de 2009), que tenemos todo cubierto. Nosotros hemos pagado hasta este mes de julio.
¿Qué garantías tengo que luego no me reclamaran algo teniendo en cuenta que han estado meses reclamando una deuda que no era tal? ¿No tienen ellos (la SPA) la obligación de realizar dicha comunicación por escrito (la antes mencionada relativa a que podemos permanecer en el piso hasta el 31 de agosto)?
Agradecería si alguien nos puede orientar en este tema.