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Muerte del Arrendador 15 años 1 mes antes #8411

Mi arrendador ha fallecido. Su pareja me ha dicho que la renta se la deposite en una cuenta a nombre de ella que es distinta a la cuenta que aparece en el contrato de arrendamiento y que está a nombre del fallecido. Se que el fallecido tiene hijos con otra mujer a los que no conozco. Y se que vive con está mujer desde hace 7 años pero no conozco cual es su situación legal. ¿Qué debo hacer? ¿A quien tengo que pagarle la renta?.
Gracias

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Re:Muerte del Arrendador 15 años 1 mes antes #8418

No está obligado a pagar a nadie distinto al arrendador o a quien acredite ser su legítimo sucesor mediante el oportuno testamento o escritura de partición de herencia.

Pida a la última pareja del arrendador que le comunique fehacientemente por escrito el fallecimiento del arrendador así como los datos de la persona que le sucederá en el arrendamiento y si debe modificar o no la forma en la que venía haciendo el pago.

Mientras no se lo comunique, no cambie la forma de pago. Siga abonando el dinero en la cuenta en la que lo venía haciendo. Si es del arrendador fallecido, sólo su legítimo sucesor podrá acceder a ella.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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