Los contratos de arrendamiento, en tanto en cuanto, respeten los minimos de la LAU, quedan a voluntad de las partes, luego, estas pueden pactar todo aquello en lo que estan de comun acuerdo.
Lo logico, es que fijeis un plazo minimo de antelacion, en que avisarle de forma fehaciente al propietario de tu marcha obligada por motivos laborales, y que entonces el contrato finalice, sin que se te imponga ninguna finalizacion, lo cual, es logico, dado que la finalizacion del contrato, no es debida a un mero capricho.
Suerte.