A mi tambien me ha llegado, y me he pasado por la horas extras, el salario base era inferior a los 22000 euros.
Pero todavia tenemos alguna oportunidad de librarnos de de devolver las cantidades, para lo cual es importante que todos los afectados hicieramos los siguiente:
Esta notificando a todo el mundo casi a la vez ya que han comprobado las declaraciones de 2008 hace unos dias, eso es una ventaja para los afectados ya que como indica la carta tiene tres mese para concluir el expediente, si se pasan este plazo el espediente quedaria sin efecto, es decir que no podrian reclamarnos nada, pues bien lo que tenemos que hacer es apurar al maxiamo los 15 dia habiles (recordemos que no cuenta los domingos) y se contarian apartir del dia siguiente de recibir la no tificación (si alguien no estaba en casa y le ha llegado el papel de correos de que tiene que ir a recogerlo a la oficina que recuerde que tiene 7 dias habiles para hacerlo, por lo que tambien hay que apurar esos dias con lo que tendra 7+15 dias habiles para interponer recurso).
En el recurso poner lo que estimeis (ya que de lo que se trata es de que se les pase el plazo) por eje en mi caso expondre que la RBE habla de inglesos regulares y que las horas extras no son ingresos regulares, seguramente no lo admitiran. Pero insito es para que pase el plazo de los 3 meses.
Si todos los que hemos recibido la carta recurrimos y teniendo en cuenta que estamos en verano y muchos funcionarios estaran de vacaciones y los que queden, estaran con pocas ganas de trabajar despues de los recortes de gobierno, con suerte habra varios espedientes que se les pasara el plazo.
Si apesar de todo hay que devolverlo, hay que ir a hacienda y en registro entregarles un escrito para que modifiquen los datos de la declaración de 2008 ya que en esa declaracion hemos pagado impuestos por la cantidades percibidas de la RBE y si las tenemos que devolver hacienda nos tendra que devolver esos pagos.
saludos y a recurrir se a dicho!!!!!!
Envio editado por: junito, el: 2010/07/18 02:12
Envio editado por: junito, el: 2010/07/18 02:13<br /><br />Envio editado por: junito, el: 2010/08/21 23:15