Como arrendatario el seguro debe cubrir fundamentalmente toda clase de daños a los muebles y enseres producidos por fuego y agua sobre todo. Es conveniente, antes de contratar la póliza, examinar atentamente las limitaciones a la indemnización de daños por agua, para no llevarse sorpresas cuando ocurran siniestros, p. ej. lluvias torrenciales.
Por otra parte hay que contratar la cobertura de Responsabilidad Civil lo mas amplia posible, en cuanto a supuestos y cuantías, para casos en los que se produzcan daños a otros vecinos del inmueble.
Por último es muy conveniente la cobertura de asistencia jurídica, defensa y reclamación que proporciona la asistencia letrada en esos casos.