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Declaración Renta y fianza 14 años 1 mes antes #9358

Buenas tardes, y ante todo gracias por la ayuda.

Mis dos compañeros y yo nos encontramos con el siguiente problema. Vivimos los tres en un piso de alquiler, con contrato vigente, figurando todos en el mismo. Al hacer la declaración de la renta, optamos a la deducción por alquiler correspondiente. El problema es que, a pesar de preguntar específicamente al casero si había depositado la fianza en el IVIMA, nos han enviado una notificación de que nuestra declaración no es válida.

Efectivamente, y tras llamar al IVIMA, confirmamos que la fianza no está depositada, con lo que ahora perdemos la deducción.

Teniendo el contrato firmado y en vigor, entendemos que es responsabilidad del casero haberla depositado, no nuestra, y que en cualquier caso el perjudicado debería ser él. ¿Hay algo que podamos hacer para no perder la deducción?

Muchas gracias,
Carlos

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Re:Declaración Renta y fianza 14 años 1 mes antes #9363

Lamentablemente el casero no ha cumplido de forma correcta con sus obligaciones y ello os ha causado un perjuicio equivalente al importe de la deducción que dejáis de practicar.

Lo único que podéis hacer es reclamar al casero una indemnización por dicho perjuicio, equivalente a aquel importe multiplicado por cada ejercicio que dejéis beneficiaros de él.

Lo malo en este tipo de casos es que casi es más caro el collar que el perro, porque hay que pedirlo por vía judicial. No obstante es un pleito que casi con total seguridad ganaréis, con lo que habrá condena en costas y será el casero el que tendrá que reembolsaros todo.

Ahora bien, no contéis con que finalizado el plazo de prórroga obligatoria de los cinco primeros años el casero se muestre muy dispuesto a continuar. Además obviamente la cordialidad desaparece.

Es una típica situación en la que hay que decidirse entre el pragmatismo o la justicia.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Valor vivienda para Hacienda 12 años 9 meses antes #9971

Lo primero un saludo y gracias de antemano, Hacienda me solcita que valore una vivienda que se vendió hace una año, ya que se pueso un valor en escrituras, pero la Hacienda de la Comunidad la valoró por encima y se pagarón los impuestos de ese nuevo valor, por lo que se puso en la declaración el mayor valor según la Ley 19/1991 del patrimonio dice que el valor de los inmuebles es el mayor de estos tres: Valor catastral, comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o valor de adquisición.
Por lo que yo hice valor al segundo de ellos, se puede considerar este valor, también que según la Ley 58/2003, General Tributaria en su articulo 57 comprobación de valores, en el punto e)el dictamen de los péritos de la Administración. Y la valoración que hizo a Hacienda de la Comunidad está firmada por un perito.
Es correcto el valor fijado por la Administración, hay alguna consulta vinculante a la que pueda hacer referencia.
Gracias.

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Re: Referencia catastral e IBI 12 años 8 meses antes #10000

Muy buenas, os comento mi problema a ver si me podéis echar una mano:
En el año 2007 mi padre compro un piso de segunda mano a un particular a mi nombre con mi consentimiento, en la escritura de compraventa se refleja que el anterior propietario no puede aportar la ref catastral del inmueble y este lleva construido desde 1998, mi padre falleció y me hago cargo yo del piso desde el 2009 pero no vivo en el porque resido en otra localidad, no he recibido el IBI en ningún momento durante estos años y creo que mi padre tampoco, me gustarla saber como resolver este problema con el IBI y el catastro y que consecuencias administrativas y tributarias conlleva, muchas gracias.

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Re: Ref, catastral e IBI. 12 años 8 meses antes #10001

Muy buenas, os comento mi problema a ver si me podéis echar una mano:
En el año 2007 mi padre compro un piso de segunda mano a un particular a mi nombre con mi consentimiento, en la escritura de compraventa se refleja que el anterior propietario no puede aportar la ref catastral del inmueble y este lleva construido desde 1998, mi padre falleció y me hago cargo yo del piso desde el 2009 pero no vivo en el porque resido en otra localidad, no he recibido el IBI en ningún momento durante estos años y creo que mi padre tampoco, me gustarla saber como resolver este problema con el IBI y el catastro y que consecuencias administrativas y tributarias conlleva, muchas gracias

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Duda respecto a uso de la puerta de entrada a mi e 12 años 8 meses antes #10007

<br /><br />Envio editado por: Orona, el: 2012/03/18 18:22

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