Hola,
estoy en proceso de alquilar mi primer vivienda, he solicitado al arrendador un modelo de contrato que utilice para el alquiler, lo he leido y encontrado una pequeña duda.
"...el arrendador podrá repercutir al arrendatario el importe de las obras de reparación necesarias para mantener la vivienda en estado de servir para el uso convenido".
Contradice esto LAU - Articulo 21.?
En caso de firmar y que paso algo la ley esta por encima no?
Agradezco la ayuda de antemano.