Saludos.
Muchas gracias por la info. Finalmente me he puesto en contacto con el servicio de la RBE, me comentan que poderse se puede. Deberia ser el arrendador el que modificase el contrato para incluir a la nueva persona en la habitación, además, luego tendria presentar de nuevo el contrato modificado al ministerio de vivienda. Así durante el periodo en el que compartiera piso percibiría la mitad de la ayuda de la renta de emancipación, luego, a modificar de nuevo el contrato y volverlo a presentar, notificando en ambos casos el cambio en la cuantia que el banco pasa directamente al arrendador notificando a hacienda.
Desde el propio servicio me han comentado que no es muy aconsejable jugar con los parametros de la actual renta de emancipación (modificar contratos, cambios de domicilios,etc...) ya que, como me comentas, fue eliminada y, literalmente, "esta la cosa muy mala".
Bueno, a ver que hacemos. Saludos y muchas gracias.