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Pago del total de una derrama 11 años 9 meses antes #10321

Buenas, tengo un contrato de alquiler donde el propietario nos impuso una clausula donde dice que nos hacemos cargo de las derramas extraordinarias, cual es nuestra sorpresa que una vez firmado el 1 de marzo de 2011 quince días despúes se aprueba en reunión de comunidad la instalación de un ascensor nuevo y la remodelación de todo el portal, la obra asciende a 4800 euros por vecino, dinero que nos reclama el propietario, informándome en la comunidad resulta que en una reunión anterior (1 año antes) queda reflejado en ruegos y preguntas que se inicia la búsqueda de presupuestos para tal obra pero a nosotros no se nos informa nada a la firma, el propietario solicita una subvención para la derrama la cual esta aprobada pero a su nombre y cuenta bancaria, ahora vamos a rescindir el contrato y mi pregunta es, puede demandarnos y obligarnos legalmente a pagar? no se considera clausula nula de pleno derecho por ser abusiva y desproporcionada? ademas de actuar a mala fe e intentar engañarnos, como debemos actuar?muchas gracias y un saludo

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Re:Pago del total de una derrama 11 años 9 meses antes #10322

Antes que nada hay que decir que no es una cuestión que haya recibido hasta la fecha una respuesta unánime por parte de los jueces.

En mi opinión, dicha cláusula de repercusión de gastos extraordinarios debe considerarse abusiva porque en la fecha en que se celebró el contrato el arrendador ya sabía que se iba a producir la derrama del ascensor y que su cuantía sería elevada, pero no informó de ello. Efectivamente, con apunta, actuó de mala fe.

Además, la Ley de Arrendamientos en su artículo 20 impone de manera imperativa un límite a la cuantía repercutible en concepto de gastos generales, y pienso que dicho límite debe ser aplicable por analogía en el caso de gastos extraordinarios.

Y por último, el gasto repercutible se debe referir a servicios con los que cuente la vivienda. Mientras el ascensor no estuviera instalado y en funcionamiento y Vd. se beneficiara de él, no debería pagar por ello.

En definitiva, pienso que si el arrendador les demandase el pago de esa derrama la demanda debería ser desestimada.

Esa es mi opinión, a salvo el mejor criterio de otro compañero.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Re:Pago del total de una derrama 11 años 9 meses antes #10323

Muchas gracias por la respuesta,me ha aclarado en gran parte la duda, en caso de que nos interponga una denuncia debemos hacernos con las copias de las actas de las reuniones de comunidad para demostrar que no fue una vez entrados nosotros en el piso la primera reunión sobre el tema, no es correcto? en caso de que hubiera demanda y llegara a juicio se nos descontaría la subvención que se le ha aprobado a el para dicha derrama verdad? no se puede considerar fraude el que el pida una subvención para una derrama que pretende que paguen otros? muchas gracias y un saludo

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Re:Pago del total de una derrama 11 años 9 meses antes #10324

Efectivamente, si fuera demandado convendría tener preparadas las actas.

En cuanto a cobrar una subvención y además pretender repercutir la derrama al inquilino, sería un caso de enriquecimiento injusto, suficiente para que el inquilino se negase legítimamente a pagar.
Miguel Gastalver Trujillo
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Re:Pago del total de una derrama 11 años 9 meses antes #10325

Muchas gracias por la respuesta, aprovechando voy a hacerle otra consulta sobre el mismo contrato de alquiler, en su día se firmo como contrato de alquiler con opción a compra, en el viene reflejado que la opción a compra es gratuita aunque a la firma nosotros entregamos 3000 euros que vienen reflejados como FIANZA para si llegado el caso de comprar se nos descontaría del precio final, el plazo del contrato es de 3 años y por los motivos antes mencionados de la disputa por el pago de la derrama hemos decidido rescindirlo un año antes, tenemos una clausula en el contrato que dice que si decidimos finalizar antes de tiempo debemos indemnizar al propietario con una mensualidad (500€) pero no pone nada de que el resto de la fianza entregada la perdamos de no comprar solo que se descontara del precio si compramos, avisamos mediante carta certificada y con acuse de recibo un mes antes por lo que entendemos que a la entrega de llaves el día 1 de febrero deberá devolvernos los 3000 euros (el piso esta en perfectas condiciones) descontando los 500 por incumplimiento de contrato, es correcto? puesto que la opción al contemplarse como gratuita quiere decir que no se nos cobra prima, no? ademas el dinero entrega viene como FIANZA, dígame si estoy en lo cierto,tengo unas cuantas dudas:
1)si se niega a dárnosla como actuamos?
2)si no me firma el documento de finalización de contrato le doy las llaves, que hago?
3)si no aparece a la recogida donde debo dejar las llaves?
4)debo hacer fotos para cubrirme las espaldas y que no saque ninguna reparación inexistente? puesto que a la entrega no hay foto alguna como podría decir el que el piso no esta en condiciones?
Muchísimas gracias de ante mano y un saludo.

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Re:Pago del total de una derrama 11 años 9 meses antes #10326

Efectivamente, el arrendador no tiene derecho a retener la fianza -salvo que haya desperfectos. Debe devolvérsela, descontada la indemnización por terminación anticipada. Si se niega a entregársela no le quedará más remedio que reclamarla por vía judicial. Es un pleito ganado. Recuperaría las costas.

Si no firma el documento de finalización de contrato, preocúpese Vd. de dejar constancia de que le ha comunicado que desiste anticipadamente del contrato con efecto 31 de enero, para que dejen de devengarse rentas y únicamente deba pagarle la indemnización pactada.

Si no aparece para recoger las llaves, puede dejarlas en el juzgado de guardia o en una notaría. Los juzgados son reacios a recogerlas. Hace falta iniciar un expediente de depósito.

La manera más rigurosa y segura es contratar a un notario para que levante acta FOTOGRÁFICA del estado de la vivienda, para que reciba las llaves y para que comunique al arrendador que las tiene a su disposición en la notaría. Todo ello le puede costar unos 500 euros. De esta forma deja constituida prueba de que la vivienda no tiene desperfectos. Y prepara su defensa por si al arrendador se le ocurre alegar que no devuelve la fianza por dicho motivo.
Miguel Gastalver Trujillo
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