Lo más práctico es preguntar en el juzgado el nombre del abogado del ejecutante, localizar su teléfono y llamarle para preguntarle.
Vd. no tiene por qué hacerlo, puede esperar a que el nuevo arrendador le notifique el nuevo lugar de pago.
Efectivamente hay una última posibilidad, que consiste en consignar las rentas o bien en un notario o bien en el juzgado, y comunicárselo tanto al antiguo arrendador como al nuevo. La consignación notarial es más sencilla, basta ir a uno. El propio notario comunicará la consignación. La judicial se hace por medio del denominado Procedimiento de consignación judicial. Vaya al juzgado de guardia de su localidad, y diga allí que quiere consignar una renta de alquiler. Le explicarán como hacerlo.