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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10716

El pasado 1 de noviembre 2014 dejé mi piso de alquiler, sobre el cual había entregado dos meses de fianza.
El contrato era por cuatro años por lo que me quedaban dos años más por cumplir, y en el contrato aparecía la siguiente cláusula:

- El desistimiento unilateral del arrendatario, antes de finalizar el plazo estipulado como de duración del presente arrendamiento, tendrá la consideración de incumplimiento contractual por parte de aquel, facultando ello al arrendador para hacer uso de los derechos que le confiere el articulo 27 de la ley 29/94 de 24 noviembre.
Las partes pactan expresamente, para el caso de desistimiento unilateral del arrendatario, deba éste indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta.

Cuando llegó el día de la entrega de llaves, yo se las di al arrendador y firmamos los dos un documento de entrega de llaves y resolver el contrato de mutuo acuerdo, donde figura el siguiente punto:

- La parte arrendataria hace entrega de la posesión y las llaves de la finca arrendada al arrendador por lo que éste afirma no tener que formular reclamación de indemnización por incumplimiento del plazo de contrato.

Ahora me ha devuelto sólo un mes de los dos de la fianza alegando que he incumplido el contrato al no finalizar el periodo del contrato.

Si en la entrega de llaves él firmó no tener que formular reclamación de indemnización por incumplimiento del plazo de contrato, ¿tiene derecho ahora a devolverme sólo un mes de la fianza?

Muchas gracias.

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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10718

En mi opinión es clara la intención de las partes de estipular un mes de penalización en caso de desistimiento anticipado del contrato por lo que entiendo que es correcto que sólo le devuelva uno, ello al margen de que la redacción del acuerdo de entrega de llaves no sea jurídicamente muy afortunada.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10719

Pero no consta en la misma (en el documento de entrega de llaves) que él afirma que no va a pedir imdemnización?
Obviamente, la entrega de llaves no sólo consta de ese parrafo logicamente....

Gracias

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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10720

Como lo estipulado en el contrato y lo manifestado en el acto de la entrega de llaves es contradictorio hay que indagar cuál es realmente la intención de las partes y trascender lo literal.
Miguel Gastalver Trujillo
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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10721

Pero si en el documento de entrega de llaves también aparece "...resolver de mutuo acuerdo el contrato de arrendamiento...", todo firmado por arrendador y arrendatario, esto no da ya por invalidado el acuerdo, vamos, que se rompe el acuerdo. O el contrato sigue estando vigente aunque se haya resuelto?

No hay quien se aclare la verdad. Gracias!

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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10722

Veamos. En primer lugar le estoy hablando genéricamente. No he examinado todos y cada uno de los documentos de su caso incluida la correspondencia que haya podido existir enter ambos, ni es esa la finalidad de este foro. Si desea un examen profesional de su caso en particular debe hacer una consulta . No obstante la pregunta que debe hacerse, si en el acuerdo de resolución de mutuo acuerdo está tan claro, ¿por qué ahora pretende el arrendador hacer valer la estipulación del contrato relativa al desistimiento? Todo parece indicar que su casero interpreta que no se ha producido una resolución de mutuo acuerdo sino un desistimiento. Es decir, no un acuerdo BILATERAL sino una decisión UNILATERAL. En caso de contradicción hay que indagar cuál es la intención de las partes a partir de sus actos coetáneos y posteriores a la firma del contrato, y trascender lo literal si es que es confuso o propicia las contradicciones.

Realmente, ¿de quién fue la iniciativa de terminar el contrato anticipadamente?
Miguel Gastalver Trujillo
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