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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10723

Muchas gracias por su tiempo. No es mi intención abusar de este foro por lo que le agradezco su interés.

El caso es que estas contradicciones que le llaman la atención son las que a mi también me extrañan. La iniciativa de terminar el contrato fue mía. Se lo comunique por teléfono mostrándose comprensivo y no mostrando objeción alguna. También le envié un burofax con más de 30 días de antelación con la notificación. Durante la entrega de llaves en ningún momento se mostró disconforme con la disolución ni realizó ningún comentario sobre retener un mes de la fianza y firmó el documento de entrega donde consta "resolver con fecha XXX de mutuo acuerdo el contrato de arrendamiento suscrito entre ambas partes con fecha XXX sobre la vivienda siga en XXX", y aparte de incluir también lo de no reclamar indemnización por incumplimiento de plazo de contrato, se indica explícitamente que la totalidad de la fianza (XXX €) será entrada por el arrendador al arrendatario durante el mes de diciembre.
Y en la firma aparece "estando conformes las dos partes con el contenido del documento" y la firma a continuación del arrendatario y arrendador.

Sinceramente no entiendo porqué ahora puede retenerme ese mes de la fianza....

Gracias.

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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10724

¿Quién redactó el documento con el que se formalizó la entrega de llaves?
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10725

Fui yo. Él se presentó en el piso sin ningun tipo de documento. Le dije que había traido yo un documento para consignar feacientemente que le entregaba las llaves, el piso en buen estado y demás. Él se lo leyó, dijo que estaba de acuerdo, y lo firmamos en duplicado.

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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10726

El arrendador no comprendió -o no quiso tomarse la molestia de comprender- lo que firmaba, convencido de que el desistimiento le daba derecho a una mensualidad de renta de indemnización tal y como se había pactado. Técnicamente, además de ratificar con sus actos posteriores -retención de un mes- su intención previamente plasmada en el contrato, podría alegar que la iniciativa de la resolución anticipada fue del arrendatario (habría que ver qué correspondencia conserva), que el documento firmado a la entrega de llaves lo redactó Vd., y que pensó que reflejaba lo pactado, y que si no fue así -como sucede- incurrió en ERROR DE DERECHO.

Por su parte, Vd. puede alegar a su favor el acuerdo firmado, que tiene la naturaleza de resolución bilateral de mutuo acuerdo, no de desistimiento, y que explícitamente implica la renuncia del arrendador a cualquier indemnización.

Estos son probablemente los términos del debate jurídico que se suscitaría en caso de que Vd. reclamase judicialmente el mes de fianza que le han retenido.

Probablemente el juez tuviera en cuenta la cualificación de ambas partes para comprender el sentido de sus actos, y analizaría todas las comunicaciones habidas entre las partes, para, en definitiva, desentrañar cuál fue la intención de las partes al poner fin al contrato anticipadamente: resolverlo de mutuo acuerdo sin indemnización, o aceptar el desistimiento de una con indemnización a la otra.

¿Tienen el arrendador o Vd., por su cualificación profesional, conocimientos jurídicos?
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 9 años 10 meses antes #10727

El arrendador ni idea. Yo personalmente no tengo conocimientos jurídicos, pero sí dispongo de una buena amiga abogado que me echaría una mano.

No quiero hacerle perder más tiempo y le agradezco de verdad su ayuda.

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