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Duda contrato alquiler 9 años 7 meses antes #10896

Hola, tengo un contrato de alquiler firmado el 15 agosto 2014, en el contrato ponía 2 meses de fianza y duración de un año, si lo dejaba antes, tenía que pagar lo que me quedaba de año, es decir, pone explicitamente la penalización de seguir hasta un año. Estamos en abril y queremos irnos a mediados de mayo y no sé si vamos a poder, perderíamos la fianza? como lo podemos solucionar para conseguir la fianza, es mucho dinero, 1600?... gracias!

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Duda contrato alquiler 9 años 7 meses antes #10898

La penalización, tal y como está pactada, es NULA por ser superior a la que autoriza como máximo la LAU y Vd. no tiene por qué soportarla. La máxima penalización que se permite es la prevista en el artículo 11. Y la nulidad se establece en el art.6:

Artículo 6. Naturaleza de las normas.
Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice..


La maxima penalización sería, si vd. Se va tres meses antes de lo previsto, es decir, si vd, deja de cumpir la cuarta parte del plazo mínimo pactado, una cuarta parte de una mensualidad de renta:

Artículo 11. Desistimiento del contrato.
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.


El problema es que al tener el arrendador la fianza en su poder tendría que ser Vd. quien le reclamara la diferencia a su favor. Y si no se la devuelve voluntariamente, reclamarla por via judicial. VD.ganaría el juicio.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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