Los arrendamientos compartidos son muy problemáticos si no se prevén y regulan expresamente este tipo de situaciones en el contrato, y según parece no se ha hecho. En este caso, en mi opinión, la única salida que no exigiría el consentimiento de los otros dos arrendatarios sería la cesión del contrato -de la posición que Vd. ocupa en el mismo- a una tercera persona, y que fuera esta persona quien le abonara a Vd. el importe de la fianza. Aún así habría que comprobar si la cesión no está prohibida en virtud de alguna estipulación. Y debería ser consentida por escrito por el arrendador. De otro modo pienso que sería necesario un acuerdo en virtud del cual Vd. quedase liberado del contrato y asumieran la totalidad de las obligaciones los otros dos arrendatarios, acuerdo que tendría que ser también confirmado por el arrendador. Pienso que uno solo de tres arrendatarios no puede atribuirse en exclusiva la facultad de poner fin al contrato al amparo de la cláusula que Vd. indica. Y que aunque Vd. dejase la vivienda y se fuera por las bravas seguiría siendo responsable a todos los efectos frente al arrendador.