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Reclamar indemnización al propietario de vivienda 5 años 11 meses antes #11655

Tras dos años residiendo en vivienda alquilada la propietaria me comunica mediante burofax que debo abandonarla en plazo de dos meses por necesitarla para su uso personal. Alquilé otra y entregué las llaves antes del plazo indicado. Ha transcurrido un mes y medio desde que la abandoné y resulta que la propietaria no sólo no se ha trasladado a la vivienda sino que la ha vuelto a alquilar. Por otro lado, no se me ha devuelto la fianza. ¿Cómo puedo proceder para solicitar indemnización contemplada en el artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos? ¿Debo solicitárselo mediante burofax igual que ella me comunicó que debía abandonar el piso?

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Reclamar indemnización al propietario de vivienda 5 años 11 meses antes #11658

¿De qué año es su contrato de alquiler?
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Reclamar indemnización al propietario de vivienda 5 años 11 meses antes #11662

El contrato lo firmé en septiembre de 2016. Gracias!

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Reclamar indemnización al propietario de vivienda 5 años 11 meses antes #11663

Sí, envíele un burofax certificado y con acuse de recibo en el que le reclame la fianza y la indemnización prevista en el art.9.3. párrafo segundo de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, que dice lo siguiente:
Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, del efectivo desalojo de la vivienda, no hubieran procedido el arrendador o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial a ocupar ésta por sí, según los casos, el arrendatario podrá optar, en el plazo de treinta días, entre ser repuesto en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta tres años, respetando, en lo demás, las condiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción, con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación, o ser indemnizado por una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que quedara por cumplir hasta completar tres, salvo que la ocupación no hubiera tenido lugar por causa de fuerza mayor.
Miguel Gastalver Trujillo
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Reclamar indemnización al propietario de vivienda 5 años 11 meses antes #11666

Muchas gracias, así lo haré!!!

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